Lunes, 26 de Octubre del 2020

Nación prohíbe paragolpes modificados en vehículos categoría N1, tipo pick up de carga

La medida fue notificada por la Comisión Nacional de Regulación del Transporte y afecta a talleres de Revisión Técnica Obligatoria de jurisdicción nacional


“Esta Gerencia comunica a los Talleres de RTO de jurisdicción nacional, los cuales son auditados por esta COMISIÓN, que los vehículos que contengan paragolpes con éstas características no poseen el correspondiente aval normativo, con lo cual deberá considerarse tal modificación como NO APTA “, indica el documento.

En ese sentido, señala que “existen diversos vehículos de estas categorías con paragolpes modificados, los cuales poseen diversos diseños, geometrías y resistencias”.

Asimismo, el texto fundamenta a través de la Reglamentación General de la Ley 24.449 de Tránsito y Seguridad Vial que: “Los paragolpes o las partes de carrocería que cumplan esa función, no podrán ser alterados respecto del diseño original de fábrica o de aquel establecido por el constructor de etapa posterior”, y puntualiza en que “No será admitido el agregado de ningún tipo de aditamento del que pueda derivarse un riesgo hacia los peatones u otros vehículos”.

Además, la normativa expresa: “Todos los modelos de vehículos deben tener guardabarros en correspondencia con sus ruedas, aun cuando las construcciones sean incompletas y aquellos se agreguen en etapas posteriores, en cuyo caso será necesario el uso de guardabarros provisorio, los que responderán a las especificaciones de las normas IRAM respectivas, conforme el diseño original establecido por el fabricante del vehículo y del remolque o semirremolque”.

Y concluye: “No obstante lo señalado, esta Gerencia perteneciente a la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, se pondrá a disposición con los organismos pertinentes a los efectos de tratar la problemática en pos de una solución normativa al respecto”.