Nación prohíbe paragolpes modificados en vehículos categoría N1, tipo pick up de carga
La medida fue notificada por la Comisión Nacional de Regulación del Transporte y afecta a talleres de Revisión Técnica Obligatoria de jurisdicción nacional

“Esta Gerencia
comunica a los Talleres de RTO de jurisdicción nacional, los cuales son
auditados por esta COMISIÓN, que los vehículos que contengan paragolpes con
éstas características no poseen el correspondiente aval normativo, con lo cual
deberá considerarse tal modificación como NO APTA “, indica el documento.
En ese
sentido, señala que “existen diversos vehículos de estas categorías con
paragolpes modificados, los cuales poseen diversos diseños, geometrías y
resistencias”.
Asimismo,
el texto fundamenta a través de la Reglamentación General de la Ley 24.449 de
Tránsito y Seguridad Vial que: “Los paragolpes o las partes de carrocería que
cumplan esa función, no podrán ser alterados respecto del diseño original de
fábrica o de aquel establecido por el constructor de etapa posterior”, y
puntualiza en que “No será admitido el agregado de ningún tipo de aditamento
del que pueda derivarse un riesgo hacia los peatones u otros vehículos”.
Además,
la normativa expresa: “Todos los modelos de vehículos deben tener guardabarros
en correspondencia con sus ruedas, aun cuando las construcciones sean
incompletas y aquellos se agreguen en etapas posteriores, en cuyo caso será
necesario el uso de guardabarros provisorio, los que responderán a las
especificaciones de las normas IRAM respectivas, conforme el diseño original
establecido por el fabricante del vehículo y del remolque o semirremolque”.
Y
concluye: “No obstante lo señalado, esta Gerencia perteneciente a la COMISIÓN
NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, se pondrá a disposición con los
organismos pertinentes a los efectos de tratar la problemática en pos de una
solución normativa al respecto”.